CAPITULO I
DEFINICIÓN, FINES Y OBJETIVOS
ART. I.
ART. 2.
ART. 3. Los objetivos fundamentales de la organización son: reconquistar la independencia nacional y recuperar la soberanía de nuestro pueblo; abolir la dictadura neoliberal y con ella la explotación capitalista; contribuir a la revolución y a la construcción del socialismo; coadyuvar con el Partido de los Comunistas y con la clase obrera y ser un medio en la edificación de un Estado proletario que se proponga garantizar el desarrollo independiente de nuestro país, la cancelación del Tratado de Libre Comercio y del pago de la deuda externa, la elevación sistemática de los niveles de vida del pueblo mediante la distribución socialista de la riqueza, y que establezca relaciones solidarias y fraternales con todos los pueblos que luchan por su liberación nacional, por el progreso social y el socialismo; contribuir a la derrota mundial del imperialismo, luchando contra el colonialismo, el fascismo y la guerra.
ART. 4. Relevante importancia tiene para
ART 5. El emblema de la organización es: Una hoz y un martillo de color amarillo, con las siglas JCM del mismo color en su base, incrustadas dentro de un mundo de color rojo y contornos de color negro. En su circunferencia aparece el lema de la organización con letras rojas.
El lema: ¡Sólo en el socialismo otro mundo es posible!
Los himnos: “La internacional” y el “Himno de
Las siglas: JCM
CAPITULO II
Del ingreso, las obligaciones y los derechos.
ART. 6. Tienen derecho a ingresar a esta organización los jóvenes que luchen en el territorio nacional entre los 14 y 30 años de edad que acepten de manera libre los documentos básicos y las características de la organización ya descritas en el capitulo I y que estén dispuestos a convertirse en la reserva de la clase obrera y su partido, a formarse en el seno de esta organización desde le punto de vista ideológico y político como cuadros revolucionarios del futuro, y convertirse en activistas entusiastas de las causas y objetivos que
ART .7. Son obligaciones de todos los miembros:
- Acatar las resoluciones de sus colectivos de base y de los organismos superiores
- Cumplir y procurar el cumplimiento de los estatutos, programa y declaración de principios de la organización.
- Prestar solidaridad y apoyo a sus compañeros
- Desempeñar con entusiasmo las tareas que se les confieran
- Prestigiar con su conducta diaria a la organización a que pertenecen
- Pagar las cuotas correspondientes al sostenimiento de la organización, así como las extraordinarias, destinadas a la solidaridad internacional.
ART. 8. Son derechos de los miembros:
- Expresar libremente sus opiniones en los colectivos de base y en las instancias superiores en donde les corresponda actuar.
- Presentar todas las iniciativas que en su opinión puedan mejorar el funcionamiento de la organización.
- Sentirse parte de una gran fraternidad juvenil a nivel nacional e internacional.
- Recibir ayuda solidaria de sus compañeros, tanto en sus tareas políticas como en sus problemas de carácter personal.
- Votar y ser votado para todos los cargos previstos en las diferentes instancias de la organización.
CAPITULO III
De la estructura:
ART. 9. El principio que anima la estructura organizativa de
ART. 10. La estructura general de
1.- Congreso Nacional
2.- Comité Nacional
3.- Secretariado del Comité Nacional
4.- Comités intermedios
5.- Colectivo Juvenil de Base
ART. 11. El Congreso Nacional es la autoridad máxima de
ART. 12. Son facultades del Congreso Nacional:
1.- Aprobar y modificar el programa y los estatutos de
2.- Establecer la línea política desde el punto de vista de la estrategia y la táctica, que permita precisar los objetivos de la organización, los métodos y procedimientos para alcanzarlos, ubicando correctamente a los aliados y a sus enemigos.
3.- Resolver los recursos de inconformidad que interpongan los organismos y los militantes en contra de acuerdos y resoluciones dictados por las instancias intermedias.
4.- Garantizar de manera permanente la práctica de la crítica y la autocrítica.
5.- Resolver sobre todas las iniciativas presentadas por los integrantes de la organización.
6.- Dictar las normas generales que rijan las relaciones internacionales de la organización.
7.- Tomar los acuerdos que permitan aplicar en el ámbito juvenil las resoluciones y orientaciones del Partido de los Comunistas
8.- Elegir a los miembros del Comité Nacional en el número que previamente acuerde y bajo el procedimiento democrático establecido en el reglamento interno del congreso.
9.- Elegir en el número que previamente acuerde a los suplentes del Comité Nacional.
ART. 13. El Comité Nacional es la autoridad máxima de
ART. 14. Son facultades del Comité Nacional:
1.- Tomar las medidas políticas y administrativas para cumplimentar debidamente los acuerdos y resoluciones del Congreso Nacional.
2.- Resolver con base en los documentos básicos y en las resoluciones del Congreso Nacional todas las cuestiones importantes que conciernen a
3.- Dirigir el trabajo político, ideológico y organizativo de
4.- Convocar a las asambleas regionales o de rama para que elijan un Comité Intermedio, coordinador de las actividades de los Colectivos Juveniles de Base que actúan en una región, escuela o centro de trabajo cuando así lo soliciten dichos colectivos.
5.- Elegir entre sus miembros al Secretario General y demás integrantes del Secretariado
6.- Nombrar las comisiones necesarias para atender los trabajos permanentes y extraordinarios de la organización.
7.- Nombrar al director del órgano central de difusión.
8.- Resolver en primera instancia sobre los recursos que se presenten en contra de acuerdos y resoluciones tomados por los organismos intermedios y los Colectivos Juveniles de Base.
9.- Promover a la calidad de miembros activos de dicho Comité a los suplentes electos por el Congreso.
10.- Remover a los miembros del Comité Nacional cuando incurran en la deslealtad o en el abandono de sus tareas.
11.- Ingresar o retener en la organización a aquellos compañeros cuyo trabajo se considere como necesario para el fortalecimiento, desarrollo y crecimiento de
12.- Tomar las medidas que sean necesarias para hacer frente a una situación especial, imprevista o grave. Informando en su oportunidad al Congreso.
13.- Decidir el número de miembros necesarios para concretar el quórum en sus reuniones.
ART. 15. Entre las reuniones del Comité Nacional la máxima autoridad de
ART. 16. Son facultades del Secretariado:
1.- Atender los asuntos cotidianos y desarrollar la política de
2.- Convocar a los trabajos del Comité Nacional y preparar los materiales de discusión.
3.- Distribuir entre sus miembros las tareas permanentes y extraordinarias que le correspondan, y dirigir el trabajo de las comisiones designadas por el Comité Nacional.
4.- Decidir el número de miembros necesarios para concretar el quórum en sus reuniones.
5.- Convocar a encuentros, campamentos, festivales nacionales y escuelas de cuadros que se consideren pertinentes en un marco anual.
ART. 17. Son obligaciones del Secretario General:
1.- Convocar y coordinar los trabajos del Secretariado.
2.- Preparar los materiales de discusión del Secretariado.
3.- Representar en unión con el secretario que corresponda al Secretariado, al Comité Nacional y a toda
ART. 18. Los Comités Intermedios se eligen a convocatoria del Comité Nacional promovida por los Colectivos Juveniles de Base para que asuman tareas de coordinación y trabajo donde actúan varios de aquellos Colectivos, trátese de un barrio, de una región o de una actividad determinada, estudiantil, laboral, deportiva o cultural que amerite su organización como rama o especialidad.
ART. 19. Los Colectivos Juveniles de Base se integran con 3 o más jóvenes, que decidan actuar juntos en un centro laboral o educativo, o en un barrio o comunidad el país. Su dirección es colectiva y de común acuerdo se deciden sus objetivos y actividades enmarcadas dentro de lo que establece los documentos básicos de la organización y los acuerdos y resoluciones de sus organismos superiores. Las facultades de los Colectivos Juveniles de Base son:
1.- Representar plenamente a
2.- Estudiar de manera permanente y colectiva los documentos fundamentales de la organización, la doctrina del Marxismo – Leninismo, la historia de México, los documentos y las tesis del Partido de los Comunistas.
3.- Analizar permanentemente a la luz de la línea política de la organización juvenil los acontecimientos internacionales, nacionales y locales.
4.- Llevar a la práctica el programa de la organización y cumplir los acuerdos y resoluciones de los organismos superiores, ajustando su actividad a las condiciones específicas del lugar donde actúan.
5.- Formular de manera creadora todas las tesis que consideren importantes para el desarrollo de la organización juvenil en su conjunto y el cumplimiento de sus objetivos.
6.- Difundir entre todos los jóvenes las ideas del socialismo, de la democracia, del progreso social y de la independencia nacional.
7.- Realizar actividades culturales, deportivas y recreativas donde se incluya a todos los jóvenes independientemente de su credo religioso, de sus posiciones filosóficas y de su militancia política.
8.- Nombrar delegados al Congreso Nacional en la proporción establecida en la convocatoria correspondiente.
CAPITULO IV
De la disciplina interna
ART 20. Ingresar o abandonar las filas de
Serán separados de su responsabilidad aquellos dirigentes que por abandono o negligencia dejen de cumplir, con grave daño de la organización, con las tareas que les fueron encomendadas.
Igualmente serán separados de la organización aquellos militantes que la desprestigien o la pongan en riesgo de desaparecer.
El criterio que prevalece en esta materia no es el de castigar sino el de preservar la existencia y las funciones de
CAPITULO V
De los pioneros.
ART 21.
II Congreso Nacional de la JCM
“Ruptura, Rebelión y Socialismo”
¡Sólo en el Socialismo Otro Mundo es Posible¡
Guadalajara, Jalisco 3, 4 y 5 de Agosto de 2007
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